Suspensión de Beneficios MINEDUC (Gratuidad, Becas y FSCU) 2025

Importante: Proceso de suspensiones SEGUNDO SEMESTRE y ANUALES se habilitará el 1 de septiembre del 2025.

Plazos 2do semestre 2025:

 

  • Con beneficios ratificados por MINEDUC para 2025 (resultado de asignación/renovación): Disponen desde el lunes 01 de septiembre hasta el lunes 06 de octubre del 2025, para presentar solicitud de suspensión de beneficios MINEDUC, ante Dirección de Relaciones Estudiantiles.

 

El proceso de Suspensión de Beneficios MINEDUC 2025 está dirigido a estudiantes que han formalizado su retiro (temporal o definitivo) de la Universidad Técnica Federico Santa María, que no cursarán estudios durante un semestre o en todo el año académico 2025, y que desean congelar su Gratuidad, Beca o Fondo Solidario de Crédito Universitario asignado por MINEDUC.

En este contexto, los estudiantes que cuenten con su solicitud de retiro aprobada por el área académica deben presentar la suspensión en Dirección de Relaciones Estudiantiles mediante el siguiente formulario:

🔗 Solicitud de Suspensión de Beneficios MINEDUC

En la solicitud deberá ingresar sus datos personales, académicos y adjuntar los documentos que correspondan según su situación:

  1. Estudiantes con becas de arancel MINEDUC: deben cargar el Formulario de Suspensión de Beneficios MINEDUC.
  2. Estudiantes con Gratuidad o beca MINEDUC que registren más de dos semestres con suspensión previa aprobada, deben adjuntar un documento de respaldo que justifique la causal de suspensión, el cual se detalla en el siguiente enlace

 

Considere que sólo se informará a MINEDUC las solicitudes de suspensión que:

  1. Cuenten con solicitud académica aprobada por Dirección y/o Secretaría de Estudios USM (según corresponda a su Campus o Sede),
  2. Complete la Solicitud de Suspensión de Beneficios.
  3. Presente el formulario y documentos en formato claro, legible y cumpliendo con los protocolos y plazos dispuestos por la Universidad,
  4. Presenten beneficios MINEDUC vigentes correspondientes al año en curso,
  5. Cumpla con los requisitos MINEDUC publicados en: https://portal.beneficiosestudiantiles.cl/suspension-de-beneficio  

 

Es importante, además, que contemple que una vez presentada la solicitud ante la Dirección de Relaciones Estudiantiles, no será posible anularla y su resolución estará sujeta a evaluación del Ministerio de Educación, quien podrá revocar el beneficio MINEDUC asociado al periodo suspendido. Además, no se exime al estudiante de la responsabilidad de cursar las solicitudes académicas que correspondan, ni de las políticas de cobro USM (arancel y/o inscripción).

Los resultados de la solicitud de suspensión de beneficios serán informados a su correo institucional durante el mes de diciembre.

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